Trámite:

Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública

Homoclave: T-UDS/INV/290
Presencial   En línea   Vía telefónica  

Consiste en emitir un dictamen de corte de árbol en la vía pública a la persona que lo solicite. Se recibe la solicitud de la ciudadanía para el corte de árboles en la vía pública. Se acude a verificar físicamente las condiciones en las que se encuentra el árbol y los daños o riesgos que representa para la ciudadanía o a las construcciones. Se analiza por el Comité de Flora, compuesto por especialistas en la materia, para dictaminar las posibles soluciones, siendo el corte o tala la última opción. El corte de árbol en la vía pública requiere de este trámite para poder realizarlo.



Beneficios

Tener la certeza que se proteja el arbolado en la vía pública, así como también que no cause molestias o daños a las y los ciudadanos o cause daños a sus viviendas o construcciones.

Caso(s) en los que debe solicitarse:

Cuando se requiere cortar un árbol que se encuentra en la vía pública por motivos de construcción o daños a la vivienda.


Resolución que se obtiene:

Dictamen de corte de árbol (es). Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación para demostrar que efectivamente cuenta con el permiso para realizar el corte del árbol en la vía pública.


Tipo de resolución:
Se resuelve dentro de un plazo

Afirmativa y Negativa Ficta: Si transcurre el plazo máximo de respuesta señalado por la Normatividad sin que la Dependencia no haya emitido una resolución, la respuesta a la solicitud será considerada como:
Negativa Ficta   Más información

Plazo de la Dependencia para Prevenir
No aplica

Plazo del Solicitante del trámite para responder a la prevención
No aplica

Criterios para Resolver el Trámite o Servicio
La solicitud del Dictamen de Corte de Árbol en la vía pública no implica la autorización del corte del árbol. La persona solicitante podrá realizar por sus propios medios los trabajos autorizados derivados del Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública siempre y cuando tenga por escrito la autorización correspondiente En caso de que el Ayuntamiento sea quien ejecute los trabajos autorizados derivados de un Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública, la autorización correspondiente será turnada a la Dirección de Servicios Públicos o área encargada y será atendida según los programa de trabajo de dicha dependencia. Al ciudadano interesado, se le notificará vía telefónica de la resolución. El (los) árbol (es) en cuestión debe(n) estar en la vía pública, no dentro de los predios (propiedad privada). En los casos que el árbol o árboles represente un riesgo inminente para la ciudadanía, no será necesario someterlo al Comité de Flora , tal como se especifica en el artículo 34 fracción I del Reglamento de Conservación y Protección del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida La autorización de corte se dará en los siguientes casos: Que los daños que causa el (o los) árbol (es) a la propiedad privada o pública estén contemplados en la reglamentación municipal como una causa probable de corte Que el árbol está muerto o visiblemente enfermo Que el árbol sea causante de rotura de bardas, paredes, columnas, fosas sépticas, terrazas, ventanas, rejas, tubería, drenajes, pozos, escarpas o banquetas, obstrucción al paso de peatones, riesgo de caída en propiedad privada o pública, afectación a cableado y/o luminarias entre otras. No exista otra solución posible.

Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos

Total de requisitos: 5

Identificación oficial vigente

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) o el Instituto Federal Electoral (IFE)

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original para cotejo

Cantidad de copias:
0

Plano aprobado por la Dirección de Desarrollo Urbano. El plano se puede entregar de forma física (plano de 60cm por 90 cm) o archivo digital en formato PDF a 300 dpi.

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Copia de Plano para Terminación de Obra Pacial indicando los m2, áreas verdes, número de cajores

- Plano arquitectónico del proyecto autorizado autorizado en la Licencia de Construcción emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida

Motivo:
Documento para entregar al Sujeto Obligado

Forma de presentación:
Archivo digital

Cantidad de copias:
0

Documento expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano, por el cual se autoriza a los propietarios construir, ampliar, modificar, reparar, desmantelar o demoler las edificaciones o instalaciones, en los predios o inmuebles. Puede ser en cualquiera de sus modalidades

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Licencia de Construcción vigente

Motivo:
Documento para entregar al Sujeto Obligado

Forma de presentación:
Archivo digital

Cantidad de copias:
0

Dirección donde se ubica el árbol para el cual se solicita el dictámen. Este deberá estar en la vía pública. Puede ser un documento, de manera verbal o através del formulario en línea

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Indicar la ubicación física, exacta y referencias del árbol en la vía pública

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Verbal

Cantidad de copias:
0

Escrito donde manifiesta su solicitud de corte de árbol indicando la dirección donde se encuentra.

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Escrito libre

Motivo:
Documento para entregar al Sujeto Obligado

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
0

Pasos que se tiene que seguir de manera presencial

  • Se recibe la solicitud en las oficinas de la Unidad de Desarrollo Sustentable y se turna a la coordinación responsable del área
  • Se le asigna un folio a su solicitud con el cual se podrá conocer el estatus vía telefónica en Ayuntatel al: 9999244000
  • Personal autorizado realiza la inspección donde se recaba la información y se toman las fotos necesarias
  • Se analiza la solicitud en el Comité de Flora
  • Se determina el trabajo a realizar.
  • Se elabora el dictamen que contiene los trabajos autorizados para llevar a cabo.
  • Se canaliza a la persona o institución quien realizará el trabajo autorizado por sus propios medios, o bien, a los departamentos de parques y jardines poniente u oriente para programar el servicio.

¿Es posible agendar una cita?
No

Módulos de atención:

- Palacio Municipal

- Unidad de Desarrollo Sustentable

¿Existe una aplicación móvil para solicitar el trámite o servicio?
No

¿Existe un sitio web o plataforma para solicitar el trámite o servicio en línea?
Si Iniciar tramite

Pasos que se tiene que seguir en el sitio web

  • Se ingresa al sitio web 
  • Se proporciona la información que allí se solicita.
  • Se le asigna un folio a su solicitud, la cual se envía al correo electrónico proporcionado, con el cual se podrá conocer el estatus vía telefónica en Ayuntatel al: 9999244000
  • Personal autorizado realiza la inspección donde se recaba la información y se toman las fotos necesarias
  • Se analiza la solicitud en el Comité de Flora
  • Se determina el trabajo a realizar.
  • Se elabora el dictamen que contiene los trabajos autorizados para llevar a cabo.
  • Se canaliza a la persona o institución quien realizará el trabajo autorizado por sus propios medios, o bien, a los departamentos de parques y jardines poniente u oriente para programar el servicio.

Responsable(s):

Área Municipal: Despacho del Director

Departamento: Unidad de Desarrollo Sustentable

Atención Telefónica: (999) 942 00 00

Oficinas: Calle 10 núm. 106, entre 23 y 25 Fracc. Mulsay

Horario de Atención: Lunes - Viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

Correo Electrónico: tramites.uds@merida.gob.mx

Reglamento para la Protección y Conservación del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida

Ambito: Municipal

Tipo: Asentamientos Humanos

Artículo:

Artículos 28, 29, 33, 34, 44, 45 y 53

Reglamentos de Actos y Procedimientos Administrativos del Municipio de Mérida

Ambito: Municipal

Tipo: Procedimientos Administrativos

Artículo: Art. 12

Costo

Gratuito

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