Trámite:

Reconocimiento de hijos

Homoclave: TR-330-002

El acto de presentar ante el Oficial del Registro Civil a un hijo nacido fuera del matrimonio, para que se inscriba su nacimiento, surte efectos de reconocimiento en relación a los progenitores que lo presentaren.


Beneficios .

Caso(s) en los que debe solicitarse: Otorgar el derecho de filiación, es un elemento del derecho a la identidad.

Resolución que se obtiene:
.

Tipo de resolución:

Afirmativa y Negativa Ficta: Si transcurre el plazo máximo de respuesta señalado por la Normatividad sin que la Dependencia no haya emitido una resolución, la respuesta a la solicitud será considerada como:
No Aplica   Más información

Plazo de la Dependencia para Prevenir
No aplica

Plazo del Solicitante del trámite para responder a la prevención
No aplica

Criterios para Resolver el Trámite o Servicio
Ninguno

Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos

Total de requisitos: 4

Del reconocido. Documento que acredita identidad

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Acta de Nacimiento

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

Documento que acredita filiación con el niño/niña

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Acta de Nacimiento de padres

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

Si están casados. Copia certificada

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Acta de matrimonio civil

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

Documento que compruebe la identidad del solicitante y testigos

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Identificación oficial con fotografía

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

Pasos que se tiene que seguir de manera presencial

1.     Entregar documentos en ventanilla

2.     Se corrobora la información para continuar

3.     En caso de ser negativo se solicita completarlos              

4.     Se procede a capturar el acta, imprimir vista previa y entregar a usuario                           

5.     Si no están correctos se procede a corregir, revisar de nuevo, guardar definitivamente, imprimir los tantos en las formas valoradas

6.     Se resguardan el apendice y las actas

¿Es posible agendar una cita?
No

Módulos de atención:

¿Existe una aplicación móvil para solicitar el trámite o servicio?
No

¿Existe un sitio web o plataforma para solicitar el trámite o servicio en línea?
No

Responsable(s):

Área Municipal: DIRECCION DEL REGISTRO CIVIL

Departamento: SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CORREGIDORA QRO.

Atención Telefónica: 4422096000

Oficinas: EX HACIENDA EL CERRITO

Horario de Atención: - de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Correo Electrónico: secretariadelayuntamientocorr@gmail.com

Código Civil del Estado de Querétaro

Ambito: Estatal

Tipo:

Artículo: 86 al 91 y del 348 al 376

Costo

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