Trámite:

Muerte Fetal

Homoclave: TR-330-009

Documento oficial en el que se inscribe la interrupción del producto de la concepción a partir de la décimo tercera semana de gestación, hasta su expulsión del seno materno


Beneficios .

Caso(s) en los que debe solicitarse: Acreditar el fallecimiento de un nonato.

Resolución que se obtiene:
.

Tipo de resolución:

Afirmativa y Negativa Ficta: Si transcurre el plazo máximo de respuesta señalado por la Normatividad sin que la Dependencia no haya emitido una resolución, la respuesta a la solicitud será considerada como:
No Aplica   Más información

Plazo de la Dependencia para Prevenir
No aplica

Plazo del Solicitante del trámite para responder a la prevención
No aplica

Criterios para Resolver el Trámite o Servicio
Ninguno

Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos

Total de requisitos: 3

Documento expedido por la Secretaría de Salud en el que se haga constar la expulsión del feto.

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Certificado de muerte

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

De los padres del feto. Documento probatorio de matrimonio (solo en caso de estar casados)

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Acta de matrimonio civil

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

Del declarante. Documento probatorio de identidad

Presenta alguno de los siguientes documentos:

- Identificación oficial

Motivo:
Para el cotejo del servidor público

Forma de presentación:
Original

Cantidad de copias:
1

Pasos que se tiene que seguir de manera presencial

1.     Entregar documentos en ventanilla

2.     Se corrobora la información para continuar

3.     En caso de ser negativo se solicita completarlos              

4.     Se procede a generar el pase de caja para pagar, capturar el acta, imprimir vista                           

5.     Si no están correctos se procede a corregir, revisar de nuevo, guardar definitivamente, imprimir los tantos en las formas valoradas

6.     Se resguardan el apendice y las actas

¿Es posible agendar una cita?
No

Módulos de atención:

¿Existe una aplicación móvil para solicitar el trámite o servicio?
No

¿Existe un sitio web o plataforma para solicitar el trámite o servicio en línea?
No

Responsable(s):

Área Municipal: DIRECCION DEL REGISTRO CIVIL

Departamento: SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CORREGIDORA QRO.

Atención Telefónica: 4422096000

Oficinas: EX HACIENDA EL CERRITO

Horario de Atención: - de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Correo Electrónico: secretariadelayuntamientocorr@gmail.com

Ley General de Salud

Ambito: Federal

Tipo:

Artículo: 314, fracción IX, 350 bis 6;314, fracción IX, 350 bis 6

Costo

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